A partir de mañana 1° de Agosto, habrá nuevos parámetros y montos a pagar con aumento del 15% considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Afecta la recategorización, los pagos mensuales y la exclusión automática.

Desde el 1° de agosto de 2025, el régimen simplificado para pequeños contribuyentes aplicará nuevos topes y escalas ajustadas un 15% por IPC, conforme a lo dispuesto por la Ley 27.743, el Decreto 661/2024 y la Resolución General (ARCA) 4309. La recategorización semestral vence el 5 de agosto y deberá realizarse comparando los parámetros de actividad contra las nuevas escalas. También se modifican los montos mensuales a ingresar y el tope máximo de ingresos brutos para permanecer en el régimen, que ahora será de $94.805.682,90.
- Nuevo tope para permanecer en el régimen: $94.805.682.- anuales (equivalente aproximadamente a 73.200 dólares).
- Nuevo precio unitario máximo para venta de cosas muebles: $536.767,47.-
- Cuota mensual a ingresar a ARCA: desde $37.085.- (categoría A) hasta $1.208.890.- (categoría K servicios)y $525.732.- (categoría K venta de bienes).